martes, 19 de diciembre de 2023

¿Jornada escolar partida o continua? La Consejería de Educación habilita plazo de alegaciones para la actualización de la Orden que regula los procesos electorales en los colegios

Un año más llegan los controvertidos procesos para el cambio de jornada escolar en muchos CEIPs madrileños y en esta ocasión con novedades normativas

La Consejería de Educación tiene previsto implantar este curso la actualización de la Orden 502/2013, que regula este tipo de procesos, con novedades como nuevos requerimientos para la definición de los censos electorales o la implantación del voto telemático.

Aunque se espera que la nueva normativa comience a surtir efecto a partir del primer trimestre del 2024, de momento el procedimiento se encuentra en fase de alegaciones al Proyecto de Orden, que se puede consultar en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

El plazo para formular alegaciones (algo que puede realizar cualquier ciudadano afectado) es de 15 días hábiles, del 11 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, ambos inclusive, y se puede realizar de forma telemática a través del formulario habilitado o bien mediante registro presencial en alguna de las Oficinas de Registro madrileñas.

Cambios previstos

El principal cambio previsto en el borrador es la incorporación del voto digital o telemático a través de la Plataforma Educativa Raíces, una medida que pretende explotar las "mejoras técnicas" alcanzadas en la actualidad y "ampliar las posibilidades de participación en dicha consulta". 

La otra aportación normativa viene referida al censo electoral que puede participar en este tipo de elecciones, excluyendo del mismo a los padres y tutores de alumnos que no cursen en el Centro estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria. La nueva definición del censo se debe a la "autorización en algunos colegios públicos de otras enseñanzas distintas al segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria y que cuentan con sus propios horarios y tipo de jornada escolar", como es el caso de los CEIPSO, que incorporan Enseñanza Secundaria Obligatoria (en Las Tablas es el caso del CEIPSO Blas de Lezo).

Un borrador mejorable

Una de las entidades que más empeño han puesto en la mejora de esta ley, la Asociación Plataforma Votación Escolar Justa (PVEJ), considera importante que después de diez años de existencia se acometa la modificación de la Orden 502/2013, que tantos problemas ha generado en los CEIPs madrileños, si bien considera insuficientes los cambios incorporados en el borrador.

Entre las modificaciones reclamadas por la PVEJ y que no están contempladas por la Consejería se encuentran la rebaja de las mayorías necesarias en Consejo Escolar para facilitar la apertura del proceso de votación; la equiparación en participación de voto a las familias monoparentales; la revisión y aclaración de la redacción del voto por correo; añadir la modalidad de voto diferido; rebajar el mínimo de 2/ 3 de participación del censo; y, en caso de aprobación en urnas del cambio de jornada, limitar el papel del Consejo Escolar a la ratificación del resultado (evitando bloqueos a posteriori, algo que la actual ley permite).

Aunque no están incluidas entre las propuestas de la PVEJ, otras alegaciones que probablemente se realicen a esta ley sean las referidas a la conveniencia de exclusión de las familias de 6º curso de Primaria del censo electoral (algo que ya se hace en otras Comunidades Autónomas), toda vez que sus hijos no continuarían el siguiente año cursando los estudios a los que afecta el proceso y su desinterés en participar en las elecciones suele resultar transcendente para la no obtención de los mínimos de participación necesarios.


Momento de aportar

A pesar de que las familias de alumnos afectados por esta normativa pueden presentar alegaciones al borrador de la  Orden, son muy pocos los CEIPs o las AMPAs que han informado a su comunidad educativa de esta posibilidad. Sin embargo, tanto desde la PVEJ como desde otras entidades educativas como CONFAPA animan a las familias afectadas por este tipo de procesos electorales a presentar alegaciones o aportaciones al proyecto de Orden, ya que es uno de los escasos cauces administrativos para que la voz de las familias sea tenida en cuenta en la regulación de este tipo de elecciones y, probablemente, no se vuelva a dar esta oportunidad en mucho tiempo. /

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1 comentarios:

  1. La jornada intensiva beneficia al profesorado para echarse la siestecita y a los padres que los recogen a la hora de comer y también evitan volver . La OCDE ya ha dicho que es contraproducente para el alumnado https://www.oecd-ilibrary.org/education/propuestas-para-un-plan-de-accion-para-reducir-el-abandono-escolar-temprano-en-espana_9bc3285d-es. . Si tan bueno fuese , ¿ cuántos privados y concertados de alto rendimiento lo tienen ? Comodidad del funcionariado . A los niños que les den .

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