El expediente se ha iniciado de oficio, según informa la CNMC, y la investigación se centra en las condiciones de contratación impuestas a los anunciantes y agencias de medios para la comercialización de publicidad. Dichas prácticas, según Competencia, consistirían en la exigencia por parte de las empresas expedientadas a anunciantes y agencias de medios del cumplimiento de cuotas relativas de inversión publicitaria en sus respectivas televisiones, así como de la contratación conjunta de publicidad televisiva en distintos canales de cada uno de los dos operadores de televisión, a través de la emisión en transmisión simultánea de la mayoría de las campañas publicitarias, así como la vinculación de paquetes.
La CNMC, a partir de los datos recabados relativos al mercado de la publicidad televisiva en España, deduce indicios racionales de comisión por parte de Atresmedia y Mediaset de infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007 (Ley de Defensa de la Competencia), y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), derivadas de las respectivas condiciones de contratación con anunciantes y agencias de medios, condiciones en las que se contienen obligaciones que podrían ser contrarias al buen funcionamiento del mercado, al reservarse de manera injustificada una parte del mismo y obstaculizar la competencia de terceros.
Las empresas expedientadas acaparan el 85% de la cuota de mercado publicitario en el sector de la Televisión Digital Terrestre (TDT), mientras que sólo disponen según los últimos datos disponibles del 53,8% de la audiencia, lo cual supone un perjuicio competitivo para el resto de televisiones. En este sentido, tanto la FORTA (Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicos) como otras asociaciones de televisiones en abierto han reclamado repetidamente ante los organismos competentes una mayor vigilancia del cumplimiento de las normas que rigen el mercado publicitario.
Desde Atresmedia (con canales como Antena 3, La Sexta, Mega, Neox...) y Mediaset España (Telecinco, Cuatro, FDF, Energy...) niegan en cualquier caso las infracciones por las que están siendo investigadas por Competencia, y respecto a la situación de duopolio de facto de la que se les acusa, recuerdan que en gran parte de los países europeos el sector de la televisión en abierto suele estar concentrado en dos empresas dominantes.
Tras la incoación del expediente, que no prejuzga el resultado del mismo, se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para su instrucción y resolución por parte de la CNMC.
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